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Vecinos se oponen a construcción de otra gasolinera en Izcalli

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Vecinos de la colonia Jardines de la Hacienda, en Cuautitlán Izcalli, advirtieron al gobierno municipal el riesgo en que estarían cientos de alumnos de una escuela y un jardin de niños ya que a unos 300 metros de estos planteles se pretende construir una gasolinera.

En entrevista para Zona Cero Noticias, los inconformes explicaron que incluso a menos de 1 kilómetro se encuentra otra gasolinera recientemente construida, ambas en los entronques de la autopista México-Querétaro y la avenida Huehuetoca.

El pasado lunes 13 de junio, un grupo de 30 vecinos se manifestó por espacio de una hora en las inmediaciones del predio que, según ellos es propiedad municipal.

Sin embargo, luego de tener reunión con representantes de la empresa, les comunicaron que desde hace diez años es propiedad privada, ya que el terreno municipal fue dado a cambio de un pago a un proveedor del Ayuntamiento en el trienio de la entonces alcaldesa Alejandra Del Moral.

Dolores Arroyo Vega, vecina de la comunidad desde hace 23 años, refirió “tenemos un parque también a pocos metros de donde quieren poner su gasolinera; representa un peligro y además genera más contaminación”.

Las obras fueron detenidas en tanto de determina la propiedad de dicho predio ubicado en la lateral de la autopista México-Querétaro, a la altura de la avenida Huehuetoca.

Los vecinos señalaron que estarían en inminente peligro los alumnos que acuden a la escuela primaria “Juan Escutia” y al prescolar “Alfredo del Mazo González”.

De acuerdo al Capítulo Tercero de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México son atribuciones de los Ayuntamientos, Artículo 31, Fracción XXIV Ter.- Prohibir el establecimiento de una gasolinera o estación de servicio con respecto de otra similar, en una distancia menor en forma radial de 1,000 metros en áreas urbanas y menor de 10,000 metros lineales en áreas rurales y carreteras como una acción preventiva ante un riesgo.

En el Capítulo Tercero de la Gaceta de Gobierno del Estado de México, en su Artículo 49 indica que “Requieren Dictamen de Protección Civil”, Fracción II: Las gaseras, gasoneras, gasolineras y cualquier otro giro donde se expenda, almacene, use o maneje hidrocarburos, solventes, corrosivos y cualquier otra sustancia flamable, de conformidad con la legislación aplicable; Fracción III: Los ductos e instalaciones para el almacenamiento, procesamiento o distribución de combustibles.

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